DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 501-8000 F: (506) 501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 12318
7 de diciembre, 2011
DFOE-DL-1123
Licenciada
Mardeluz Mena León
Auditora Interna
MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
Correo electrónico mmena@munibuenosaires.go.cr
Estimada señora:
Asunto: Se archiva sin pronunciamiento especial consulta de la
Auditoría Interna de Buenos Aires sobre el financiamiento de
alimentación y hospedaje por parte del Comité Cantonal de
Deportes y Recreación.
Se refiere este Despacho su oficio Nro. AI/MBA/137-2011 del 18 de noviembre
de 2011, mediante el cual consulta lo siguiente:
“Es posible que el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de
Buenos Aires, aporte alimentación y hospedaje, para la Vuelta Ciclística
de Costa Rica?”
Al respecto, es pertinente señalar que de conformidad con el artículo 29 de la
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República número 7428 del 07 de
setiembre del año 1994 y la circular número CO-529, publicada en La Gaceta
número 107 del 05 de junio del año 2000, denominada “Circular sobre la atención de
consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, la gestión que se nos
formula no se ajusta a los términos de la normativa citada, si bien el criterio legal no
es exigible a las Auditorías Internas, no significa de modo alguno que al plantear
este tipo de gestiones no justifique o razone su posición con respecto a los temas
consultados.
Siendo así, es necesario que en las solicitudes que eleve ante este órgano
contralor para que emita criterio sobre diversos puntos, desarrolle su posición y
criterio profesional sobre el tema que consulta.
En razón de lo anterior se procede a archivar la consulta planteada sin ningún
pronunciamiento especial de nuestra parte. ...
Fecha publicación: 23/12/2011
Fecha emisión: 07/12/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: CCDR
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
Al oficio No. 12859
19 de diciembre del 2011
DCA- 3337
Señor
Ferdy Montes Beita
Asistente Proveeduría Municipal
Municipalidad de Buenos Aires
Fax: 2730-00-50
Estimado señor:
Asunto: Se deniega refrendo por no requerirse en razón de su cuantía, a los contratos
suscritos entre la Municipalidad de Buenos Aires y las empresas Taberna Los Pioneros Ltda
por un monto de ¢53.265.900,00 (cincuenta y tres millones doscientos sesenta y cinco mil
novecientos colones exactos) y Constructora Altamirano Batista S.A, por un monto de
¢48.980.000,00 (cuarenta y ocho millones novecientos ochenta mil colones exactos),
correspondientes respectivamente a servicios para la conformación de la superficie de ruedo,
cunetas y colocación de material granular en caminos del cantón y servicios de mano de obra,
materiales y equipo, para colocación de pasos de alcantarilla y construcción de cabezales,
ambos derivados de la Licitación Pública 2011LN-000001-01.
Nos referimos a sus oficios DPMBA/407-2011 y DPMBA/408-2011 ambos de fecha 1° de
diciembre del año en curso, por medio de los cuales solicita respectivamente, el refrendo legal de los
contratos suscritos entre esa Municipalidad y las empresas Taberna Los Pioneros Ltda, correspondiente a
los servicios de conformación de la superficie de ruedo, cunetas y colocación de material granular en
caminos del cantón por un monto de ¢53.265.900,00 (cincuenta y tres millones doscientos sesenta y cinco
mil novecientos colones exactos), y Constructora Altamirano Batista S.A., para los servicios de mano de
obra, materiales y equipo, para colocación de pasos de alcantarilla y construcción de cabezales, por un
monto de ¢48.980.000,00 (cuarenta y ocho millones novecientos ochenta mil colones exactos), ambas
contrataciones derivadas de la Licitación Pública 2011LN-000001-01.
Sobre e ...
Fecha publicación: 22/12/2011
Fecha emisión: 19/12/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 12657
14 de diciembre, 2011
DFOE-IFR-0736
Señora
Rita Muñoz Sibaja
Secretaria General Junta Directiva
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL (COSEVI)
Estimada señora:
Asunto: Aprobación parcial del presupuesto inicial del período 2012 de la
Consejo de Seguridad Vial.
Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los señores miembros de la
Junta Directiva, y se emitan las instrucciones a las instancias que resulten pertinentes, me
permito remitirle el presupuesto inicial de esa entidad aprobado parcialmente por la suma
de ¢34.893.175,3 miles.
1. CONSIDERACIONES GENERALES
1.1. ORIGEN DEL ESTUDIO Y ALCANCE
El estudio se originó en las atribuciones conferidas a la Contraloría General
de la República en los artículos 184 de la Constitución Política de la República de Costa
Rica, 18 de su Ley Orgánica No. 7428 y otras leyes conexas.
Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista los siguientes
documentos: el presupuesto ordinario y el plan operativo institucional, que fueron
aprobados por el Consejo de Administración, según consta en el acta de la sesión Nro.
2654-2011 celebrada el 24 de setiembre de 2011, y que fueran remitidos con el oficio Nro.
DE-2442-2011 del 30 de setiembre de 2011.
El estudio se realizó de acuerdo con la normativa jurídica aplicable según las
circunstancias, la normativa técnica que rige la materia y la emitida por la Contraloría
General de la República, según su competencia. El cumplimiento del bloque de legalidad
en relación con la etapa de formulación y aprobación interna es responsabilidad del
jerarca y los titulares subordinados, por lo que este análisis se fundamenta en las
certific ...
Fecha publicación: 22/12/2011
Fecha emisión: 14/12/2011
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: AREA FISC. SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL (CLASE INACTIVA)
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12630
14 de diciembre, 2011
DCA-3290
Señora
Silvia Bolaños Barrantes
Directora Ejecutiva
Consejo de Seguridad Vial
Estimada señora:
Asunto: Se concede refrendo de manera condicionada al contrato CB-004-2011 suscrito
entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa Purdy Motor S. A., producto de la
Licitación Pública No. 2010LN-000006-00100, para la compra de vehículos,por un
monto total de $827.667,75.
Damos respuesta a su oficio DE-2712-2011 mediante el cual remite para refrendo el contrato
CB-004-2011suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa Purdy Motor S.A., producto
de la Licitación Pública No. 2010LN-000006-00100 para la compra de vehículos tipo pick up con
tracción 4x2, y 3 vehículos microbuses tipo panel con conversión especial para detenidos.
Mediante oficio DE-3184-2011 de 5 de diciembre pasado, se remitió información adicional
producto de un requerimiento efectuado por parte de este Despacho.
Sobre el particular, ha de indicarse que una vez realizado el análisis del contrato número CB-
004-2011 sometido a aprobación, de conformidad con los supuestos contenidos en el artículo 8 del
Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, se estima que el
contrato se ajusta a lo allí contemplado y se otorga el refrendo correspondiente.
No obstante, se advierte que dada la naturaleza del refrendo, éste no implica un análisis de
oportunidad, conveniencia o cualquier otro aspecto no contemplado expresamente en el citado
artículo 8 del citado reglamento.
Asimismo, el otorgamiento del refrendo se encuentra condicionado al cumplimiento de una
serie de consideraciones que se detallan a continuación:
1. Es responsabilidad de ese Consejo constatar que el contratista no se encuentre imposibilitado o
inhabilitado ...
Fecha publicación: 19/12/2011
Fecha emisión: 14/12/2011
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
R-DCA-618-2011
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las trece horas del cinco de diciembre de dos mil once. -------------------------------------------
Recurso de objeción al cartel de la Licitación Pública 2011LN-000002-01, promovida por la
Municipalidad de Buenos Aires para la contratación de servicios profesionales (abogados externos)
para realizar trámites de cobro judicial, interpuesto por Mauricio Benavides Chavarría.-------------------
I. POR CUANTO: El señor Mauricio Benavides Chavarría presentó en tiempo recurso de objeción
contra el cartel de la Licitación pública 2011LN-000002-01, promovida por la Municipalidad de
Buenos Aires..-------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. POR CUANTO: Mediante el auto de las catorce horas con treinta minutos del veintidós de
noviembre del dos mil once, se confirió audiencia especial a la Administración con el objeto que se
refiriera por escrito a los argumentos del objetante y remitiera una copia fiel del cartel de la presente
licitación, audiencia que fue contestada mediante oficio Nº DPMBA/406-2011 del 24 de noviembre
del 2011.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
III. POR CUANTO: Sobre el fondo del recurso. 1) Ítem 1 “Objetivo: Contratación de servicios
profesionales (Abogados externos) para realizar trámites de cobro judicial”. El recurrente
cuestiona que en el objetivo de la licitación no se indican ni se describen las funciones que se deben
desempeñar, ni la cantidad de abogados que necesitan, lo que produce inseguridad entre los oferentes
dado que existe ausencia de criterios adecuados para seleccionar el personal, sumado a que no existen
criterios adecuados que justifiquen la selección de los profesionales de este concurso. La
Administración estima que el cartel es claro al indic ...
Fecha publicación: 08/12/2011
Fecha emisión: 05/12/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 12001
29 de noviembre, 2011
DFOE-IFR-0702
Señora
Patricia Montero Acuña
Auditora Interna
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Estimada señora:
Asunto: Respuesta al oficio AI.-11658 sobre el Fondo de Seguridad Vial y las
competencias de Consejo de Seguridad Vial y el Consejo de Transporte
Público en relación con la revisión técnica.
Se da respuesta al oficio AI.-11658 de 7 de octubre de 2011 mediante el cual nos
consulta el “alcance de la gestión administrativa y la utilización de los recursos del Fondo
de Seguridad Vial por parte del Consejo de Seguridad Vial, producto de lo que establece
la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres No. 7331 de 13 de abril de 1993 y sus
reformas, en lo que a materia de revisión técnica se refiere”
I. Criterio del Despacho
El Consejo de Seguridad Vial se creó mediante la Ley de Administración Vial
Nº 63241, modificada por la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres Nº 73312, el
cual es un órgano con desconcentración máxima adscrito al Ministerio de Obras Públicas
y Transportes (MOPT) y personería jurídica instrumental para efectos de administrar el
Fondo de Seguridad Vial y con independencia funcional y administrativa.
El artículo 9 de la citada Ley Nº 6324, indica que las atribuciones del Consejo son:
conocer los análisis de los asuntos referentes al tránsito, para identificar problemas de
seguridad vial y hacer las recomendaciones que estime pertinentes; conocer y aprobar
orientaciones, prioridades y proyectos para programas de promoción de la seguridad vial;
administrar el Fondo de Seguridad Vial y asignar las sumas necesarias para los
programas y proyectos de seguridad vial q ...
Fecha publicación: 07/12/2011
Fecha emisión: 29/11/2011
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: AREA FISC. SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11938
29 de noviembre, 2011
DCA-3140
Señora
Silvia Bolaños Barrantes
Directora Ejecutiva
Consejo de Seguridad Vial
Estimada señora:
Asunto: Se concede refrendo de manera condicionada al contrato CB-010-2010
suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa Purdy Motor S. A.,
producto de la Licitación Pública No. 2010LN-000005-00100, para la
compra de vehículos pick up con tracción 4x4, doble cabina, por un monto
total de $301.865, 25
Damos respuesta a su oficio DE-2601-2011 mediante el cual remite a refrendo el
contrato CB-010-2010 suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa Purdy Motor
S.A., producto de la Licitación Pública No. 2010LN-000005-00100 para la compra de
vehículos tipo pick up con tracción 4x4, doble cabina por un monto total de $301.865, 25
Mediante oficios No. DE-3061-2011 y DEPROV-613-2011 se remitió información
adicional producto de un requerimiento efectuado por parte de este Despacho.
Sobre el particular, ha de indicarse que una vez realizado el análisis del contrato
número CB-010-2010 sometido a aprobación, de conformidad con los supuestos contenidos
en el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración
Pública, se estima que el contrato se ajusta a lo allí contemplado y se otorga el refrendo
correspondiente.
No obstante, se advierte que dada la naturaleza del refrendo, éste no implica un análisis
de oportunidad, conveniencia o cualquier otro aspecto no contemplado expresamente en el
citado artículo 8. Tampoco involucra una revisión integral del contenido del expediente
administrativo y de lo actuado por la Administración.
Asimismo, el otorgamiento del refrendo se encuentra condicionado al cumplimiento
de una serie de consideraciones que se detallan a continuación:
1. Es ...
Fecha publicación: 01/12/2011
Fecha emisión: 28/11/2011
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11717
24 de noviembre, 2011
DCA-3102
Señora
Silvia Bolaños Barrantes
Directora Ejecutiva
Consejo de Seguridad Vial
Estimada señora:
Asunto: Se concede refrendo de manera condicionada al contrato número CB-005-
2010 suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa Purdy Motor
S.A., producto de la Licitación Pública No. 2010LN-000007-00100 para la
compra de vehículos grúas tipo plataforma por el monto total de
$1.032.500,00.
Nos referimos a su oficio No. DE-2598-2011 mediante el cual remite a refrendo el
contrato número CB-005-2010 suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa
Purdy Motor S.A., producto de la Licitación Pública No. 2010LN-000007-00100 para la
compra de vehículos grúas policiales tipo plataforma por el monto total de $1.032.500,00
Sobre el particular, ha de indicarse que luego de efectuado el análisis del contrato
sometido a aprobación, de conformidad con los supuestos taxativos contenidos en el artículo
8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, se
estima que el contrato se ajusta a lo allí contemplado y se otorga el correspondiente refrendo.
Se advierte que dada la naturaleza del refrendo, éste no implica de manera alguna un
análisis de oportunidad, de conveniencia, ni de cualquier otro aspecto no contemplado
expresamente en el citado artículo 8, ni involucra una revisión integral del contenido del
expediente administrativo y de lo actuado por la Administración.
No obstante, el otorgamiento del refrendo se encuentra condicionado al cumplimiento
de una serie de consideraciones detalladas a continuación:
1. Es responsabilidad de ese Consejo constatar que el contratista no se encuentre
imposibilitado o inhabilitado para contratar con la Administración, tanto previo a la emisión
de la orden de com ...
Fecha publicación: 29/11/2011
Fecha emisión: 24/11/2011
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11188
11 de noviembre de 2011
DCA-2983
Señora
Silvia Bolaños Barrantes
Directora Ejecutiva
Consejo de Seguridad Vial.
Estimada Señora:
Asunto: Se autoriza al Consejo de Seguridad Vial, a implementar las siguientes contrataciones
directas concursadas: 1) Compra de unidades de dispositivos móviles con su respectiva
impresora para la confección y registro de las infracciones a la Ley de Tránsito por Vías
Públicas Terrestres con sus respectivas actualizaciones por un monto de ¢480.000.000,00
y ¢32.000.000,00. 2) Compra de Chalecos antibalas para los oficiales de tránsito ¢
101.400.000,00. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 bis de la Ley
de Contratación Administrativa y el artículo 138 de su Reglamento.
Damos respuesta a sus oficios N° DE-2011-2309 del 23 de setiembre, DE-2496-2011 del 05 de
octubre, DEPROV-499-2011 del 25 de octubre y DE-2011-2756 del 28 de octubre, todos del año en curso,
mediante los cuales solicita autorización y brinda información adicional, en relación con la solicitud de
contratación directa para las siguientes compras: 1) Adquisición de unidades de dispositivos móviles con
sus impresoras y actualizaciones, implementación del proyecto de Equipamiento del Taller de la
Especialidad Técnica de Diseño Publicitario, 2) Compra de Chalecos antibalas para los oficiales de
tránsito y 3) Construcción de un edificio para la Asesoría en Tecnología de la Información.
I.- Justificación de la solicitud
1.- Se indica por parte del Consejo de Seguridad Vial -COSEVI- que a efectos de implementar un uso
racional y eficiente de sus recursos, procura que el superávit específico de cada año se destine a la
atención urgente de proyectos de seguridad vial y actividades sustantivas, situación que se ha dado con
recursos del año 2010 y ante la cual se solicitó autorización a la Secretaria Técnica de la Auto ...
Fecha publicación: 16/11/2011
Fecha emisión: 11/11/2011
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 10556
TELEFAX Nro. 2730-2444
28 de octubre, 2011
DFOE-DL-0962
Señorita
Lilliana Badilla Marín
Secretaria Municipal
Señor
Carlos Luis Mora Vargas
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
Estimada señorita y señor:
Asunto: Improbación del presupuesto inicial (ordinario) del periodo
2012 de la Municipalidad de Buenos Aires.
Para que lo haga de conocimiento de los miembros del Concejo, y para lo que
compete al Alcalde de esa Municipalidad, se les informa que con fundamento en las
atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 175
y 184 de la Constitución Política de la República, 18 de su Ley Orgánica Nro. 7428 y
otras leyes conexas, se imprueba el presupuesto inicial (ordinario) de esa
Municipalidad para el ejercicio económico 2012, remitido mediante oficio
Nro. AMBA-587-2011 del 28 de setiembre de 2011, recibido en esta Contraloría
General el 30 del mismo mes y año.
Lo anterior por cuanto, el citado presupuesto no incluye el contenido suficiente
para cubrir todos los egresos probables durante el período 2012, incumpliéndose lo
dispuesto en el artículo 176 de la Constitución Política, 91 del Código Municipal, así
como los principios de anualidad y universalidad establecidos en la Ley de
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos Nro. 8131,
artículo 5, incisos a) y d); la norma 502.04 del Manual de Normas Técnicas sobre
presupuesto que deben observar las entidades, órganos descentralizados, unidades
desconcentradas y municipalidades, sujetos a la fiscalización de la Contraloría
General de la República y numeral 2.2.1.5 a) de las Normas Técnicas básicas que
regulan el S ...
Fecha publicación: 15/11/2011
Fecha emisión: 28/10/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL (CLASE INACTIVA)
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
Tesauro: Principios